DERECHOS DE COBRO
EVITE PERDER SUS DERECHOS DE COBRO CUANDO CONSIGAMOS SUPERAR LA CRISIS DEL COVID-19. Las deudas y obligaciones contraídas desde el 7 de octubre de 2005 al 7 de octubre de 2015 prescriben el próximo 7 de octubre...
EVITE PERDER SUS DERECHOS DE COBRO CUANDO CONSIGAMOS SUPERAR LA CRISIS DEL COVID-19.
Las deudas y obligaciones contraídas desde el 7 de octubre de 2005 al 7 de octubre de 2015 prescriben el próximo 7 de octubre de 2020. Las nacidas a partir del 7 de octubre de 2015 prescriben a los 5 años.
La Ley 42/2015 de 5 de octubre modificó el plazo de prescripción para todo tipo de deuda personal, facturas impagadas, rentas de alquiler, entregas a cuenta, reclamación de daños y perjuicios y a todas aquellas acciones personales que no tengan un plazo especial de prescripción.
Tomen nota y aconsejamos enviar a su deudor un burofax con certificado de texto y acuse de recibo para interrumpir el plazo de caducidad de la deuda. En caso contrario, ya no podrán reclamarles.